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SEGURO INDEMNIZACIÓN POR BAJA LABORAL

El Real Decreto de 13 de Julio de 2012, modificó la regulación que los trabajadores funcionarios públicos tenían respecto a la prestación por incapacidad temporal, quedando la prestación en la actualidad de la siguiente forma:

El trabajador funcionario, percibirá ante una baja derivada de enfermedad común o accidente no laboral:

3 primeros días: 50 % salario
4-20 día de baja: 75 % salario
21–final de la baja: 100 % del salario

 

En las bajas derivadas de hospitalización o intervención quirúrgica, aunque su origen sea una enfermedad común o accidente no laboral, la prestación por incapacidad temporal será del 100 %.

Ante este cambio, Ferreres y Solé ha llegado a un acuerdo con GENERALI para ofrecer a los afiliados a CSI-F un seguro de indemnización diaria que ayuda a compensar la pérdida económica de ingresos que se deriva de una incapacidad laboral transitoria.

En este cuadro se detallan el coste anual de este seguro para trabajadores funcionarios según el salario neto que percibe mensualmente:

OPCIONES

Salario Neto

Coste Total Anual Indemnización Diaria del 1º al 3º día de la baja Indemnización Diaria del 4º al 20º día de la baja
opción 1 - 600€ 18,00 €  10,00 €  5,00 €
opción 2 - 900€ 27,00 € 15,00 €  7,50 €
opción 3 - 1.000€ 30,00 € 17,00 €  8,50 €
opción 4 - 1.250€ 37,00 € 21,00 €  10,50 €
opción 5 - 1.500€ 44,00 € 25,00 € 12,50 €
opción 6 - 1.750€ 53,00 € 30,00 € 15,00 €
opción 7 - 2.000€ 58,00 € 33,00 € 16,50 €
opción 8 - 2.250€ 67,00 € 38,00 € 19,00 €
opción 9 - 2.500€ 72,00 € 41,00 € 20,50 €
opción 10 - 2.750€ 81,00 € 46,00 € 23,00 €
opción 11 - 3.000€ 88,00 € 50,00 € 25,00 €
     

Para altas con posterioridad al efecto inicial de la póliza el prorrateo establecido, según fecha de alta, es el siguiente:

 

 

Los boletines de adhesión recibidos en nuestra Correduría antes del día 15 del mes en curso tendrán fecha de efecto desde el día 1 de dicho mes, los recibidos con posterioridad al día 15 tendrán cobertura desde el día 1 del mes siguiente.

 

Documentación para descargar: Condiciones Generales - Boletín de Adhesión - Impreso de Comunicación de Bajas - Protocolo de Siniestros y Adhesiones - Proyecto

 

 

 

Ferreres&Solé · Correduría de Seguros · C/ Isaac Peral, 46 1° C-D · 28040 - Madrid · Tel 915 436 759 · Fax 915 447 540 · CIF B82093105 ·Nº Reg DGS: J-1765.
Concertado Seguro de R.C. art. 27.1 Ley 26/2006 de 17 de Julio. Acreditada capacidad financiera según contrato de seguro de caución
(art. 27.1 Ley 26/2006)seguroscsif@ferreresysole.es